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INSTITUCIONES ESPAÑOLAS
CONSEJO DE INDIAS: INSTITUCIONES CREADAS POR ESPAÑA PARA GOBERNAR AMERICA

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CONSEJO DE INDIAS: INSTITUCIONES CREADAS POR ESPAÑA PARA GOBERNAR AMERICA

 

  

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INSTITUCIONES DE GOBIERNO QUE FUERON CREADAS EN ESPAÑA PARA EL GOBIERNO DE AMÉRICA

Después del descubrimiento de América y ante la necesidad de legislar y resolver los, asuntos relativos al Nuevo Mundo, se crearon funcionarios y organismos con sede en España (metropolitanos) o en América (locales o residentes).

Consejo de Indias: Después del primer viaje de Colón, la reina Isabel encomendó la organización de las expediciones siguientes y las cuestiones relacionadas con el Nuevo Mundo a Juan de Fonseca, obispo de Burgos. Era miembro del Consejo de Castilla, que ejercía las funciones de consejo privado de la Reina.

Muerta Isabel, Fonseca fue llamado por Fernando para que continuase rigiendo los asuntos de Indias; con este objeto se habilitó una de las las que ocupaba el Consejo de Castilla.

En 1524. Carlos I nombré a fray García de Loaysa presidente del consejo de Indias, organismo separado del Consejo de Castilla, y creado ese año. Subsistió hasta que la Constitución de Cádiz de 1812 lo emplazó por un Consejo de Estado. El Consejo de Indias tuvo jurisdicción suprema  en todos los asuntos relativos al Nuevo Mundo.

Composición: Tenía su sede en Madrid , estaba compuesto por un presidente (con voz y voto, excepto en asuntos judiciales) cinco ministros, que después se aumentaron progresivamente hasta llegar a catorce; un gran canciller, que poseía el sello real, dos secretarios, un tesorero, cuatro contadores.- Sufrió algunas modificaciones durante los reinados de Felipe V y Carlos III, pertenecientes a la Casa de Borbón.

Los principales asuntos en que entendía el Consejo eran:

a) Funciones legislativas: formulaba las leyes y ordenanzas, examinaba las dictadas por las autoridades residentes en América, aprobaba o rechazaba las medidas eclesiásticas tomadas por el Papa.

b) Funciones administrabas: estudiaba y proponía al rey los nombramientos de funcionarios, cuya carrera administrativa generalmente respetaba.

c) Funciones militares: dentro de su seno se formó una Junta de Guerra. Resolvía los asuntos de guerra, la distribución de raciones, la organización de flotas armamentos para las Indias.

d) Funciones sociales: se preocupó por mejorar la situación de los indios mediante disposiciones que humanizaban su condición, pero que en la práctica muchas veces fueron pasadas por alto.

e) Funciones judiciales: entendía en los juicios de residencia, que se entablaban a toda persona que hubiera desempeñado en América funciones ejecutivas y cesara en ellas, en los asuntos de contrabando que habían sido juzgados en primera instancia por la Casa de Contratación, juzgaba en apelación los asuntos eclesiásticos, era juez en segunda instancia en y los pleitos enviados por las Audiencias americanas, siempre que el valor de los mismos fuera superior a seis mil pesos fuertes.

Legislación — Se legisló para América teniendo en cuenta las necesidades de un momento o de una región, estableciendo nuevas leyes. implantando las que ya regían en el derecho castellano  o adoptando las que poseían los indígenas antes del descubrimiento.

Después fue necesario reunirlas a todas en un solo cuerpo y seleccionadas, desechando las que habían sido derogadas y agrupando las restantes por asuntos. Para cumplir esto, en diferentes ocasiones, se intentó recopilaras. En 1680 fue promulgada por Carlos lila Recopilación de las Leyes de Indias.

Fuente Consultada:
Historia Argentina de Etchart - Douzon - Wikipedia -
 La Argentina, Historia del País y Su Gente de María Sánchez Quesada