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LA LOGIA LAUTARO:
El 9 de marzo de 1812 llegó a Bueno Aires, procedente de Europa, un grupo de
americanos entre los cuales figuraban José de San Martín y Carlos María de
Alvear para ofrecer sus servicios al gobierno.
Vinculados a las logias de
americanos que funcionaban en Cádiz y Londres, los recién llegados establecieron
en Buenos Aires una entidad similar, la Logia Lautaro o de los Caballeros
Racionales. Esta institución secreta estuvo conectada con la Sociedad Patriótica
y gravitó sobre todo en sectores ilustrados de la población y en el ejército.
Las reglamentaciones referentes a
la organización de esta logia no han llegado a nosotros, pero es muy probable,
que fueran similares a las de su filial chilena, ya que su constitución fue
copiada por O’Higgins, quedando fundamentada en ella su verdadero objetivo: la
independencia y la organización constitucional del país
OBJETIVO: El objetivo de esta logia era lograr
la independencia de América de los españoles, estableciendo un sistema
republicano unitario y un gobierno unipersonal. La primera filial de la Logia se
fundó en Cádiz (España) en el año 1811, con el nombre de Logia Lautaro, en honor
al caudillo mapuche llamado Lautaro, que llamó a su pueblo a sublevarse contra
los conquistadores españoles de Chile en el siglo XVI. Estaba inspirada en su
organización en las logias masónicas, y en su inicio fue dirigida por José de
Gurruchaga.
ESTATUTO DE LA LOGIA LAUTARO: Gemía
la América bajo la mas vergonzosa y humillante servidumbre, dominada con cetro
de fierro por la España y por sus reyes, como es notorio al mundo entero, y lo
han observado por tres siglos con justa indignación todas ¡as naciones.
Llegó
por fin el momento favorable en que disuelto el gobierno español por la prisión
de su monarca, por sus observaciones repetidas, por la ocupación de la España, y
por otras innumerables causas, la justicia, la razón y la necesidad demandaban
imperiosamente el sacudimiento de este yugo.
Las
provincias del Río de la Plata dieron la señal de libertad: se revolucionaron,
han sostenido por diez años su empresa con heroica constancia; pero
desgraciadamente sin sistema, sin combinación y casi sin otro designio que el
que indicaban las circunstancias, los sucesos y los accidentes. El resultado ha
sido haber dado lugar a las querellas de los pueblos, al extravío de la opinión,
al furor de los partidos y los intereses de la ambición, sin que ¡os verdaderos
amigos de la patria pudiesen oponer a estos gravísimos males otro remedio que su
dolor y confusión.
Mucho se ha dicho y discutido se
San Martín perteneció o no a la masonería. Algunos lo ponen en duda, otros lo
niegan rotundamente. La masonería lo toma como uno de sus miembros, talvez para
apropiarse de su prestigio, como lo han hecho también con Rosas distintos grupos
y asociaciones de los más diversos signos políticos, tendencias y colores.
Este
ha sido el motivo del establecimiento de esta sociedad, que debe componerse de
caballeros americanos, que distinguidos por la liberalidad do las ideas y por el
fervor de su patriótico celo, trabajen con sistema y plan en la independencia de
la América y su felicidad, consagrando á este nobilísimo fin todas sus fuerzas,
su influjo, sus facultades y talentos, sosteniéndose con fidelidad, obrando con
honor y procediendo con justicia bajo la observancia de las siguientes
constituciones:
1º La
logia matriz se compondrá de trece caballeros, además del presidente, vicepresidente,
dos secretarios, uno por la América del Norte y otro por la del. Sur, un orador
y un maestro de ceremonias. [...].
2º El
tratamiento del presidente y demás en la logia será’ de hermano, y fuera de
ella el de Vd., llano, a excepción de los casos en que á presencia de otros el
empleo y decoro público exijan el correspondiente tratamiento. No podrá ser
admitido ningún español ó extranjero, ni mas eclesiástico que uno solo, aquel
que se considere de mas importancia por su influjo y relaciones.
6º
Tampoco podrán ser admitidos los hermanos ó parientes inmediatos.
7º
Siempre que algún hermano fuese nombrado por el gobierno primero ó segundo jefe
dé un ejército ó gobernador de alguna provincia, se le facultará para crear una
sociedad subalterna. dependiendo de la matriz, cuyo número no excederá de cinco
individuos, y entablando la debida correspondencia, por medio de los signos
establecidos para comunicar todas las noticias y asuntos de importancia que
ocurrieren. [...].
9º
Siempre que alguno de los hermanos sea elegido para el supremo gobierno, no
podrá deliberar cosa alguna de grave Importancia sin haber consultado el parecer
de la logia, á no ser que la urgencia del negocio demande pronta providencia; en
cuyo caso, des-pues de su resolución, dará cuenta en primera junta ó por medio
de su secretario, siendo hermano, ó por el de la logia. [..].
Leyes Penales:
1º El
que dejáre de asistir por mera voluntad, siendo muy frecuentes sus faltas, será
declarado inhábil pare cualquier empleo por el tiempo que juzgue la logia, y en
caso que lo tenga será suspenso hasta nueva resolución.
2º
Todo hermano que revele el secreto de’ la existencia de la logia, ya sea por
palabras ó por señales, será reo de muerte, por los medios que se halle por
conveniente.
Estatuto de la Logia Lautaro, según copia de puño y letra de Bernardo O’Higgins.
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