Funcion de los Cabildos y Consulados en America Virreinal

INSTITUCIONES DE GOBIERNO LOCALES QUE FUERON CREADAS EN ESPAÑA PARA GOBERNAR EN AMÉRICA

MISIÓN DE LOS CABILDOS EN AMERICA

La colonización española tuvo un carácter eminentemente urbanista. Distintos factores motivaron este fenómeno.

Entre ellos señalamos:

— La Corona española quería establecer en América poblaciones estables y no sólo puestos comerciales.

— Los hombres que realizaron la conquista y colonización provenían de regiones que tenían el espíritu y la organización comunal muy desarrollados.

— Por la necesidad de protegerse de la naturaleza y de los indígenas los pobladores debían permanecer agrupados. Los españoles, más que colonizar territorios, fundaban ciudades, desde las cuales partían expediciones para conquistar nuevas zonas.

— Las características de la región, el aislamiento de las distintas ciudades, la dificultad para comunicarse con la Metrópoli y entre sí, condujeron a hacer de cada población un núcleo organizado y autónomo.

En América Española las ciudades no surgían por multiplicación natural de las familias, sino que se fundaban "de planta".

El adelantado o jefe militar que traía en su expedición la gente para la nueva fundación, escogía el lugar apropiado, trazaba la ciudad, distribuía los solares.

Una de las primeras preocupaciones al fundar una ciudad era dotarla de su cabildo o ayuntamiento. Sus miembros eran designados entre los más capacitados o meritorios de la expedición.

El cabildo daba permanencia a la fundación, acordaba carácter legal a su existencia y se convertía en el centro regulador de su vida.

Los cabildos desempeñaban múltiples funciones: todas las que se requerían para la conservación y desarrollo de la ciudad.

Estas funciones eran:

políticas: a su cargo estaba el gobierno de la ciudad y de la zona que la rodeaba; la policía de seguridad y la milicia comunal.

Peticionaba a las autoridades; suspendía disposiciones superiores, incluso reales, cuando las consideraba injustas "reverenciándolas sin acatarlas". Asumía el poder cuando vacaba en cargo de gobernador.

Era también órgano de consulta y asesoramiento de las autoridades. Todos los funcionarios que llegaban a la ciudad debían presentar sus títulos ante el cabildo que verificaba su autenticidad y los registraba.

económicas: reglamentaba el comercio y la industria, aseguraba el abastecimiento de la ciudad, controlaba los precios y calidad de las mercaderías.

judiciales: los alcaldes actuaban como jueces civiles y criminales en primera instancia. El cabildo actuaba en segunda instancia en los juicios civiles y el gobernador en los criminales.

edilicias: a su cargo estaba la conservación de la ciudad, calles, plazas, puentes, caminos de acceso, etc. También estaban a su cargo los festejos públicos.

educativas: cuidaba de la educación. A su cargo estaban las llamadas "escuelas del Rey".

asistenciales. mantenía hospitales y asilos. Intervenía en los casos de peligros o calamidades públicas y en las situaciones de indigencia. El Cabildo estaba constituido por Alcaldes y Regidores.

Duraban un año en sus funciones y no podían ser reelegidos hasta pasados dos años. Los miembros del primer Cabildo eran designados por el Fundador o por el Gobernador; los de los subsiguientes eran elegidos por los miembros del cabildo saliente.

Los Cabildos cumplieron en América Española una misión de trascendental importancia para la formación de las nuevas nacionalidades. Fueron el núcleo organizador y propulsor de la vida y actividad de las ciudades. A través de los Cabildos la población podía interesarse, participar e influir en la vida política.

Fue también misión de los Cabildos la defensa de los derechos y libertades individuales y de los derechos de las ciudades frente a Virreyes, Gobernadores y funcionarios reales. De hecho y de derecho asumía frente a ellos la representación de los derechos de la ciudad y era un órgano permanente que ejercía control sobre los funcionarios.

Cabildo de la ciudad de buenos aires

Cuando se descubrió América ante la necesidad de gobernar a los habitantes del Nuevo Mundo, se trasplantaron las leyes e instituciones de Castilla, porque la corona no nos consideró colonias sino parte integrante de la monarquía, pero debió adaptarlas a las necesidades y características De estas tierras.

Las principales autoridades locales fueron:

Los Cabildos — Eran gobiernos municipales, que establecieron los fundadores de cada ciudad, quienes nombraron a los primeros integrantes de los mismos.

Sus miembros eran los alcaldes y regidores.

Los primeros ejercían la justicia menor y los regidores, tenían funciones administrativas.

Integraban el Cabildo el alférez real, encargado de llevar el estandarte en las fiestas públicas, el sindico procurador, superior a los regidores en categoría y sueldo, reemplazaba a los alcaldes ordinario, por ausencia o muerte y se encargaba de la defensa legal de la institución: el escribano público, que refrendaba o autorizaba las decisiones del Cabildo, el encargado de la cárcel, el juez de menores, el defensor de naturales, el alguacil mayor, que hacía cumplir las prisiones o embargos; el tesorero, el mayordomo, que dirigía el ceremonial, etc.

Elección — Nuestro primer Cabildo fue organizado por Garay, que eligió a sus miembros.

Los alcaldes y regidores duraban un año en sus funciones, se los elegía el 1º de enero de cada año entre los vecinos y especialmente entre los descendientes de conquistadores que supieran leer y escribir; en los centros pequeños costo se pasó por alto.

Los cargos eran gratuitos y había obligación de aceptarlos. Frecuentemente se compraban excepto los de alcalde, mediante una suma que se entregaba al rey.

En las elecciones estaba presente el gobernador o el virrey, pero no se podía influir; sólo se debía limitar a confirmar las elecciones. Si los alcaldes no eran letrados debían contar con la colaboración de un asesor.

Atribuciones — Estaban exentos de las cargas personales; se les debía vender las mejores mercaderías, podían portar armas en lugares prohibidos, se les tomaba juramento en su casa.

Desempeñaban:

a) Funciones judiciales: Estas funciones estaban a cargo de los alcaldes de primero y segundo voto, tenían jurisdicción en primera instancia en asuntos civiles. Actuaban en pleitos entre indios y españoles.

Sus resoluciones se podían apelar ante el gobernador o ante la Real Audiencia.

No podían juzgar en causas criminales, porque en calidad de vecino conocían a toda la población y podían ser parciales. Nadie podía penetrar al edificio del Cabildo con espada sin licencia ni vivir fija o transitoriamente en sus salas.

b) Funciones administrativas: Se le asignaron fondos llamados propios y arbitrios, que eran los recursos de la ciudad. Los primeros se obtenían mediante el arrendamiento y la venta de tierras pertenecientes a la ciudad; los segundos, es decir los arbitrios, eran los impuestos sobre pesas y medidas. Los regidores se ocupaban en especial de la percepción de los impuestos.

Vecino es el que posee un solar, generalmente ha fundado familia y esta establecido en forma permanente, figurando inscripto en el padrón de la ciudad; en cambio se entiende por habitante el que está de paso en la ciudad, no gozando de los derechos que poseen loe vecinos.

Los miembros del Cabildo se encargaban de vigilar los espectáculos públicos, de la compostura y construcción de calles y caminos, de inspección de las cárceles, de fijar el precio de la yerba, tabaco, carne, etc.

El Cabildo era el único órgano del gobierno integrado por vecinos, es decir personas del lugar, que conocían las necesidades del momento y muchas veces la mejor forma de solucionarlas.

Pero sin embargo no podemos considerarlo como una institución eminentemente democrática, ya que los cargos se podían comprar y el funcionario saliente elegía a su sucesor.

Además cuando se celebraba Cabildo Abierto, concurría sólo la parte del vecindario que invitaba el Cabildo.

Cabildo Abierto El Cabildo Cerrado funcionaba con los alcaldes y regidores, pero en casos extraordinarios, se reunían los vecinos mis caracterizados de la ciudad en el Cabildo Abierto, por invitación del Cabildo.

Entre nosotros, fueron especialmente importantes los Cabildos Abiertos del 14 de agosto de 1806, cuando después de la primera invasión inglesa, se resolvió deponer al virrey Sobremonte, quien entregó el mando político a la Audiencia y el militar a Santiago de Liniers y el del 22 de Mayo de 1810, cuando caducó el poder real.

Consulados — Hasta la segunda mitad del siglo XVIII se habían fundado sólo dos consulados en la América Hispánica: en México y en Lima, porque en esas regiones estaba concentrado el comercio. En los comienzos fueron reproducción de la Casa de Contratación de Sevilla.

A partir de 1778, como consecuencia de la apertura de todos los puertos españoles, se fundaron otros, entre ellos el de Buenos Aires, que disponía de fondos propios.

-------------  00000 ------------

• ►ALGO MAS...

Las funciones de los Cabildos fueron múltiples: abarcaban todo lo que interesaba a la población.

Pueden enumerarse las siguientes funciones:

Justicia. Los alcaldes ordinarios distribuyen justicia civil y criminal en primera instancia.
Las sentencias civiles de los alcaldes ordinarios se "alzan" (12) ante el Cabildo, y aquí las resuelve en segunda instancia un regidor asistido por dos letrados o "expertos".

Si los fallos son contradictorios y el asunto es importante se puede recurrir en tercera instancia ante la Real Audiencia. Los juicios criminales se alzan al Gobernador, que falla asesorado por un letrado.

Policía. "El fiel ejecutor cumple la baja policía de la fiscalización de mercados, tiendas, pulperías, tahonas, etc."

Militares. Desde los quince años todos los hombres libres formaban parte de la milicia comunal.

Los domingos, en la estación propicia, se hace la revista de armas y ejercicios militares. El Alférez había sido en un principio el jefe de la milicia; pero, luego, la instrucción de las tropas comunales pasó al Comandante de armas.

Edilicias. Cuida la conservación y aseo de las calles y plazas, sus desagües, camino de acceso, etc.

Construye aceras y puentes; prepara las festividades en el día del patrono, de la jura de un monarca, o recepción de un virrey o un obispo, etc.

Asistencia social. Mantiene a lo menos un hospital y un asilo de huérfanos; también casas de retiro para ancianos. Contrata servicios médicos cuando no los hubiere en la población.

Instrucción primaria. Contrata maestros para las escuelas "del Rey", para distinguirlas de las religiosas o "escuelas de Dios".

Policía de seguridad. Los alguaciles hacen la ronda por la ciudad y arrestan a los delincuentes y contraventores. En la misma casa del Cabildo está la cárcel, cuidada por el alcalde.

Participación en el gobierno provincial. Todos los Cabildos, incluso los de villas, tienen el derecho de petición a las autoridades y aun al mismo monarca. En caso de no considerar justa una disposición cualquiera, aunque fuera emanada de la autoridad del Rey, podían "reverenciarla y no acatarla".

Los gobernadores y virreyes solían asesorarse por los Cabildos, porque cuanto mayores opiniones reunieran, menor era su responsabilidad en los juicios de residencia.

En las vacancias del cargo, el Cabildo asumía el poder como Cabildo-Gobernador "hasta que otra cosa se dispusiese".

Cuando se reflexiona sobre las funciones que ejercieron los Cabildos, se comprende que su misión fue amplia.

Los Cabildos desempeñaron un papel político importante, no solo durante el período hispánico, sino también al comienzo del gobierno independiente.

Las principales características de su misión son las siguientes:

Defensa de las libertades individuales.

2° Defensa de los derechos de la ciudad.
Mientras los gobernadores y virreyes velaban por los intereses y derechos del Rey, los Cabildos defendían los derechos de la ciudad. Estaban respaldados por la voluntad de los vecinos y por las leyes que amparaban los fueros municipales.

https://historiaybiografias.com/linea_divisoria5.jpg

EN ARGENTINA:

De las catorce provincias que formaron la República Argentina, todas, menos Entre Ríos, surgieron del desarrollo de las ciudades-cabildos coloniales. Este solo hecho nos pone de relieve la importancia que tuvieron los Cabildos en el Río de la Plata.

Su acción fue decisiva en los orígenes de nuestra historia patria. Señalamos a continuación algunos hechos fundamentales:

— Fue el Cabildo Abierto del 14 de agosto de 1806, quien, después de la reconquista de la ciudad, resolvió por unanimidad suspender de su cargo al virrey Sobremonte y entregar el poder a Liniers.

— El Cabildo Abierto del 22 de mayo de 1810 depuso al virrey Cisneros. El Cabildo de la ciudad asumió el poder hasta la constitución de la Junta de Gobierno y fue quien confirió el poder a la lista propuesta por el pueblo, de donde surgió la Primera Junta de Gobierno el día 25.

— El Reglamento de la Primera Junta establecía que en caso de que sus miembros faltasen gravemente a sus deberes el poder conferido por el pueblo sería reasumido por el Cabildo.

— La Primera Junta envió el día 27 de mayo una circular a todos los Cabildos del interior invitándolos a que designasen diputados que serían incorporados a la Junta y, constituidos en Congreso, establecerían la forma de gobierno.

Los Cabildos, alrededor de los cuales había surgido y se había desarrollado la vida colonial y habían dado caracteres típicos a su vida política, entraron en crisis en las primeras etapas de la vida independiente al chocar con ideas centralistas, de inspiración napoleónica, ajenas a la tradición, promulgadas sobre todo por Rivadavia.

— La Junta Grande dispuso el 10 de febrero de 1811 la creación en el interior de Juntas Provinciales en las gobernaciones-intendencias y de Juntas Subalternas en las demás ciudades, las que asumieron gran parte de las funciones que correspondían a los Cabildos.

— El Primer Triunvirato, por inspiración de Rivadavia, en un gesto de arbitrariedad, rechazó el Reglamento Orgánico preparado por la Junta Conservadora, disolvió a la Junta y expulsó a sus miembros. Fue el comienzo de la anarquía.

— El mismo Triunvirato, atribuyéndose una potestad constituyente que no tenía, sancionó el Estatuto Provicional, según el cual debía reunirse periódicamente una Asamblea General, compuesta por los miembros del Cabildo de Buenos Aires, diputados elegidos por la misma ciudad capital y representantes de los pueblos del interior.

—La Asamblea General, compuesta por 33 diputados de Buenos Aires y 11 del interior se reunió en abril de 1812. Como primer acto designó a Juan Martín de Pueyrredón como miembro del Triunvirato en lugar de Juan José Paso, cuyo mandato había terminado. Y para substituirlo hasta su llegada designó al Dr. José Díaz Velez.

— Rivadavia pretendía que tal substitución correspondía a su persona, por ser el Secretario más antiguo. Hubo tensiones. La Asamblea declaró que su autoridad era suprema sobre todas las demás en las Provincias del Río de la Plata. Rivadavia disolvió a la Asamblea y suspendió al Cabildo de sus funciones "hasta nueva providencia".

— El golpe de Estado, encabezado por las tropas al mando de San Martín y de Alvear, en unión con civiles que pedían Cabildo Abierto destituyó, atribuyéndoles graves cargos, a los miembros del Primer Triunvirato. El Cabildo reasumió la autoridad y se formó el Segundo Triunvirato.

— El Estatuto Provisional de 1815 y la Constitución de 1819 atribuían respectivamente al Cabildo atribuciones en la sanción de las leyes y en la elección de senadores.

El Cabildo de Buenos Aires fue suprimido por obra de Rivadavia y sus ideas centralistas en 1821; el de Corrientes en 1824, el de Córdoba en 1825. La disolución de los Cabildos quitó estabilidad a la vida política y contribuyó a dificultar la pacificación y organización del país.

Dice Rafael Bielsa en su obra "Principios de Régimen Municipal": "Esta institución, guardiana celosa de las libertades originarias del pueblo... no resistió la obra centralizadora o unitaria, que lejos de respetar a la secular asamblea del pueblo, arrasó con ella... En nombre de la soberanía del pueblo se quitó al pueblo su antiguo poder de administrar sus negocios civiles y económicos... la libertad republicana pereció a manos del despotismo político, restaurado sin el contrapeso que antes le oponía la libertad municipal".

Fuente Consultada:
Historia Argentina de Etchart - Douzon - Wikipedia - La Argentina, Historia del País y Su Gente de María Sánchez Quesada.
Educación Democrática de Argentino Moyano Coudert - Texto Para 3º Año - Tercera Edición- Editorial Guadalupe

Temas Relacionados:

La Vida de los Esclavos en el Virreinato del Río de la Plata
El Virreinato del Rio de la Plata y Sus Virreyes
El Monopolio Español con el Virreinato, y el Contrabando
La Minería en el Virreinato del Rio de la Plata
La Universidad en el Virreinato del Rio de la Plata
Capital del Virreinato del Río de la Plata Buenos Aires

Enlace Externo:•


La Historia del Mundo en Imágenes


Entradas Relacionadas Al Tema

Subir

Usamos cookies para darte una mejor experiencia de navegación. Si continuas navegando, aceptas el uso de las cookies Más información...